FEDERACIONES DE LA CUENCA DEL NAPO PRESENTAN SU AGENDA POLÍTICA INDÍGENA COMPARTIDA
Con el nombre de:
“SHUK YUYAYLLA, SHUK
SHUNKULLA, SHUK SHIMILLA, SHUK MAKILLA, KASNA KAWSANA”
AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE
LOS DISTRITOS TORRES CAUSANA Y NAPO
INTRODUCCIÓN
El Perú es un país pluriétnico,
pluricultural y plurilingüístico, en el que coexisten más de 65 étnias agrupadas
en 17 familias lingüísticas en la costa, sierra y selva. En el caso particular de
los pueblos ubicados en los distritos de Torres Causana y el Napo los últimos
censos le atribuyen una población de 21,416 mil habitantes, donde más de la
mitad de la población es indígena, siendo el grupo más numeroso los Kichwas del
Napo (54%), le siguen los Murui Muinane (7%), los Arabelas (4%), los Maijunas
con 2%, Secoya 2%.
La Federación de Comunidades Nativas
del Medio Napo, Curaray y Arabela (FECONAMNCUA) y la Organización Kichwaruna
Wangurina del Alto Napo (ORKIWAN), son integrantes y fundadoras de la
Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) y representan
a 64 comunidades de las etnias Kichwa y Murui
Muinane, estas comunidades se ubican geográficamente en los ríos: Napo, Curaray
y Tambor Yacu en la región Loreto, quienes conservan su identidad y “buen
vivir”.
Los napurunas nos reconocemos como
una población abierta al cambio, pero un cambio con dignidad, con diálogo,
donde se respeten nuestros derechos, como el de la Consulta Previa y la
participación. Exigimos ser reconocidos como amazónicos Kichwas y Murui Muinane, que de la mano de los ribereños
proponemos un desarrollo humano integral y sostenible para todos los pueblos de
los distritos de Torres Causana y Napo.
Los napurunas somos conscientes de que podemos
participar y aportar de manera efectiva en el desarrollo local, regional y
nacional y ser actores de nuestro propio desarrollo. Esto pasa primero por
identificar nuestros problemas y nuestros objetivos de desarrollo como pueblos
indígenas, sobre la base
del “Napuruna Alli Kawsana” (el “Buen Vivir” de los Napurunas); para luego iniciar un trabajo con todas
nuestras comunidades a partir de nuestra propia cosmovisión, identidad cultural,
organización y necesidades.
Esta Agenda Indígena ha sido elaborada de
manera participativa con las organizaciones indígenas, las autoridades
estatales y las organizaciones civiles locales, recoge nuestras demandas,
aspiraciones y propuestas sobre las que hemos reflexionado de manera conjunta
desde hace más de tres años. Como resultado hemos llegado a consensos en las
demandas y propuestas en relación a la seguridad jurídica y territorio,
educación bilingüe intercultural, salud
intercultural, cuidado de los recursos naturales y ambiente, Consulta Previa,
mujer y liderazgo organizacional.
SHUK
YUYAYLLA, SHUK SHUNKULLA, SHUK SHIMILLA, SHUK MAKILLA, KASNA KAWSANA.
“Una sola
idea, un solo corazón, un solo lenguaje, una sola mano para vivir bien”
Junta Directiva de ORKIWAN
Junta Directiva de FECONAMNCUA
Enero de 2015, Santa Clotilde - Río Napo
- Loreto
II.-
DEMANDAS Y PROPUESTAS DE LA AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE LOS
DISTRITOS TORRES CAUSANA Y NAPO
Luego de dos años de largo trabajo
conjunto con todas las comunidades, en el Primer Encuentro de Directivas de
ambas federaciones realizado en el mes de abril del año 2013, se terminaron de
definir los temas de la agenda política:
1.
Seguridad
jurídica y territorio.
2.
Educación bilingüe intercultural.
3.
Salud
intercultural.
4.
Cuidado de los
recursos naturales y ambiente.
5.
Consulta Previa.
6.
Mujer y
liderazgo organizacional.
1)
Territorio y
Seguridad Jurídica.
Los pueblos indígenas tenemos una
relación especial con la tierra y los territorios que hemos habitado a lo largo
del tiempo. Nuestro territorio es el espacio donde reproducimos nuestra cultura
y ejercemos nuestros derechos. Las leyes peruanas y el derecho internacional nos
reconocen el derecho a la propiedad comunal de nuestros territorios,
otorgándonos autonomía organizacional, económica y jurisdiccional al interior
de los mismos. (Constitución Política del Perú.
art. 89°, Convenio 169 de la OIT,
art. 13°
inciso 1 y 2 y la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: art. 24, 25º, 26º y 27º)
Nuestra principal demanda es lograr la
seguridad jurídica de nuestros territorios. Es decir, la regularización de la
propiedad comunal: los pueblos indígenas tenemos derecho al reconocimiento
legal como comunidades nativas y a la titulación de nuestros territorios, para
esto, el Estado tiene la obligación de adoptar la legislación pertinente, crear
procedimientos adecuados y establecer mecanismos institucionales necesarios y
eficientes para lograr que los pueblos indígenas podamos hacer uso de nuestros territorios,
disponer de ellas e incluso recuperarlas en caso de haberlas perdido o
abandonado. El Estado también debe proteger a las comunidades contra terceros
(colonos, empresas, etc.) que deseen ingresar a nuestras tierras sin Consulta
Previa.
Las comunidades consideramos que los sub temas a priorizar son
el reconocimiento, linderamiento (georeferenciación, demarcación), titulación
y ampliación de nuestros territorio. Para lo cual planteamos las siguientes propuestas:
-
Exigir la implementación de una política nacional sobre
titulación y ampliación de las comunidades campesinas y nativas, aplicable a
todos los gobiernos regionales.
-
Promover la creación de una mesa de trabajo regional sobre
titulación, que cuente con la participación de las entidades con competencia
en esta materia, tanto del gobierno local, como del gobierno regional.
-
Exigir el desarrollo de un marco jurídico de la propiedad
comunal que se ajuste a los estándares del derecho internacional.
-
Promover y fortalecer la organización y funcionamiento
efectivo de la institucionalidad regional, responsable de la titulación y
ampliación de los territorios de las comunidades indígenas.
-
Exigir la implementación a nivel de recursos humanos y
económicos de la oficina responsable de la titulación de los territorios de
las comunidades indígenas adscrita al gobierno regional.
-
Exigir al Estado la realización de procesos de Consulta
Previa antes de otorgar algún derecho (minero, petrolero, forestal entre
otros) o publicar leyes, cuando estos afecten los territorios u otros
derechos colectivos de los pueblos indígenas.
-
Exigir al gobierno regional adecuar sus procesos de
Ordenamiento Territorial (OT) y Zonificación Económica Ecológica (ZEE) a
estándares de participación y Consulta Previa de las comunidades indígenas.
|
2)
Educación Bilingüe
Intercultural.
El derecho a la educación se
fundamenta en la necesidad de la persona humana de adquirir un desarrollo integral,
tanto físico, intelectual y espiritual, a través de la adquisición de
conocimientos y habilidades; sin distinción alguna por razón de raza, sexo,
edad, lengua o condición económica.
En el caso de los pueblos indígenas nuestro
derecho es contar con una educación intercultural bilingüe (EIB), atendiendo
las particularidades de cada zona y buscando preservar las diversas
manifestaciones culturales y lingüísticas del país. (Constitución Política del
Perú art. 17°, Ley para la Educación Intercultural Bilingüe - Ley N° 27818, Ley
Fomento de Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales – Perú - Ley N° 27558
y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas, arts. 14° y 15°)
El Estado por lo tanto tiene la
obligación de fomentar la Educación Bilingüe Intercultural en todos los
niveles y modalidades del sistema educativo nacional.
-
Promover campañas conjuntas en el gobierno
local, regional y nacional, para informar a las comunidades de los distritos
Torres Causana y Napo sobre los programas de EBI.
-
Exigir la elaboración participativa de una currícula de EBI
pertinente a la realidad de los pueblos indígenas.
-
Exigir y promover que ORMABIMEN, PEBIAN y otros programas
educativos regionales articulen su trabajo con las federaciones indígenas.
-
Exigir y promover que las
autoridades realicen una adecuada fiscalización y acompañamiento en
coordinación con las organizaciones indígenas acerca de las labores de los
docentes y que las denuncias presentadas por las autoridades comunales sean
atiendas.
-
Fortalecer a las APAFAs (Asociación
de Padres de Familia), al Consejo Educativo Institucional (CONEI), al Consejo
de Alimentación Escolar (CAE), al
Comité de Vigilancia Comunal (CVC), al Consejo Participativo Local en
Educación (COPALE) para garantizar una educación de calidad.
-
Promover la incorporación oficial
del Programa FORMABIAP ante el Ministerio de Educación.
-
Exigir y promover la apertura de
instituciones educativas bilingües y
crear mecanismos de evaluación y contratación de maestros bilingües
indígenas.
-
Fomentar la implementación de becas
y más oportunidades para formar docentes y profesionales de otras carreras
afines para nuestros jóvenes Kichwas y Murui Muinane de los distritos
Torres Causana y Napo.
-
Exigir un fondo económico a nivel
local, regional y nacional para la dotación de materiales educativos.
-
Promover espacios de capacitación
permanente a los docentes de EBI de los distritos de Torres Causana y Napo.
-
Gestionar la implementación de la
Gerencia de Asuntos Indígenas en los gobiernos locales de Torres Causana y
Napo y en la Sub Región de la cuenca del Napo.
-
Elegir coordinador y especialistas y
proponer su ingreso a la Dirección Regional de Educación Loreto (DREL),
Unidades de Gestión Educativa Rural (UGEL),
Dirección General de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural (DIGEIBIR) y para
la Red Educativa Rural del Napo (RER NAPO).
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3)
Salud
Intercultural.
El derecho a la
salud se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la vida, nuestra Constitución
Política garantiza a toda persona la protección de su salud, la del ambiente
familiar y de la comunidad, así como el deber del Estado de contribuir a su
promoción y defensa.
En el caso de los pueblos indígenas se deben implementar
políticas públicas que garanticen la salud con enfoque intercultural, tomando
en cuenta la situación de desigualdad y las condiciones de salud integral que requerimos
acorde con nuestros valores, idioma, cultura y cosmovisión, considerando nuestras
necesidades particulares. (Constitución del Perú, art. 7°, Ley General de Salud
del Perú - Ley 26842, artículo II, IV y V del Título Preliminar, Convenio 169 de la OIT, art. 24° y 25°, el
Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, art. 12° y la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, art. 24°)
En este proceso será importante el
reconocimiento por parte del Estado de la medicina tradicional y de los
agentes tradicionales de salud, como la “wawa
yachikama warmi”(partera) y “yacharuna”
(curandero), pero también la integración de la medicina tradicional con la
occidental, respetando siempre la cultura de las poblaciones indígenas.
-
Exigir la creación de centros de salud equipados
adecuadamente y con personal permanente.
-
Exigir y promover la creación de protocolos de atención
médica con un enfoque intercultural, garantizando por ejemplo el parto
vertical y la atención de las mujeres de acuerdo a sus costumbres.
-
Priorizar el desarrollo de proyectos para garantizar el
acceso al agua potable y saneamiento básico de nuestras comunidades, como
forma de prevenir las enfermedades diarreicas agudas.
-
Promover programas de aprendizaje e intercambio de
conocimientos a los jóvenes y niños indígenas.
-
Promover la sistematización de los conocimientos
ancestrales, medicina tradicional, plantas medicinales y su difusión en las
comunidades y personal de salud.
-
Promover las “farmacias vivas”, para revalorar los
conocimientos ancestrales en la población indígena.
-
Desarrollar proyectos de cultivo y venta de plantas
medicinales.
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4)
Cuidado de los
recursos naturales y ambiente
El reconocimiento de los derechos de los
pueblos indígenas sobre los recursos naturales está íntimamente relacionado con
el derecho sobre la tierra y el territorio. Los pueblos indígenas tenemos
derecho a los recursos naturales pertenecientes a nuestras tierras (madera, los
peces, el agua, etc.) a su utilización, administración y conservación, así como
el respeto a nuestros sitios sagrados y culturales (colpas y cochas vírgenes).
Es obligación del Estado garantizar el
respeto de estos derechos, para lo cual debe cumplir con consultarnos
previamente cada vez que se emitan medidas administrativas o legislativas que
puedan afectarnos, como por ejemplo el otorgamiento de concesiones para la
extracción de algún recurso que afecte nuestro territorio u otro derecho
colectivo; además tenemos el derecho a participar en los beneficios resultantes
de la explotación de los recursos y a percibir una indemnización por los daños
que puedan surgir como consecuencia de dicha explotación. (Ley Nº 26834, Ley de
Áreas Naturales Protegidas, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas,
Arts. 9° y 43°, Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas)
-
Fortalecer la institucionalidad responsable de la
problemática ambiental a nivel local, regional y nacional.
-
Exigir al estado implementar procesos de Consulta Previa y
participación que permita prevenir
conflictos y afectación al ambiente sano y equilibrado.
-
Exigir al gobierno regional la realización de estudios
ambientales participativos y transparentes en la cuenca del río Napo a fin de
conocer la situación de contaminación tanto en el agua, plantas y personas.
-
Implementar políticas de OT y ZEE que permitan una adecuada gestión del
territorio y su conservación.
-
Exigir la implementación de una adecuada política frente al
Cambio Climático y sus implicancias en la Amazonía peruana.
-
Adoptar las medidas programáticas y normativas necesarias
para evaluar la vulnerabilidad de los pueblos indígenas ante el cambio
climático y tomar las medidas específicas para gestionar los riesgos
asociados, en cooperación con los pueblos indígenas.
-
Trabajar y promover con los gobiernos regionales y locales
proyectos productivos para el “Buen Vivir” desde la cultura napuruna.
|
5)
Consulta Previa.
Es el derecho que tenemos los pueblos
indígenas a ser consultados con anticipación, libremente y con la información
necesaria cada vez que se quiera hacer leyes, reglamentos, y proyectos que nos
afecten.
Este derecho está reconocido en el Convenio
169 de la OIT y es norma vigente en el Perú desde 1995. A nivel nacional está
recogido en la Ley del Derecho a la Consulta Previa -Ley Nº 29785 y en su Reglamento el D.S. N°001
– 2012 – MC.
-
Exigir la realización de procesos de Consulta en todas las
etapas de todos los proyectos que puedan afectar los derechos o territorio de
los pueblos indígenas, especialmente para la realización de los Estudios de
Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo a la normativa internacional.
-
Exigir la realización de procesos de Consulta Previa para
la definición de políticas y planes sectoriales, que puedan afectar derechos
de los pueblos indígenas. Especialmente en el sector educación, salud, desarrollo,
etc.
-
Exigir la elaboración de procedimientos que permitan la
Consulta Previa efectiva ante medidas legislativas que puedan afectar
derechos de los pueblos indígenas.
-
Promover campañas sobre el tema de Consulta Previa y sus
procesos para que todas las comunidades estén informadas.
-
Promover la capacitación de funcionarios públicos sobre el
derecho a la Consulta Previa y otros
derechos colectivos de los pueblos indígenas.
-
Incluir en la Base de Datos Oficiales de los pueblos
indígenas todos los pueblos que cumplen con los criterios del Artículo 1° del
Convenio 169 de la OIT.
|
6)
Mujer y
liderazgo organizacional.
Dentro de la tradición indígena, las
mujeres en particular han sido las transmisoras de la cultura, con un rol de
educadoras y garantes de fortalecer la identidad indígena, también son
reconocidas por ser las principales gestoras del desarrollo sostenible en los
territorios indígenas, así mismo y sin lugar a dudas, las mujeres indígenas han
tenido un rol activo en la lucha por la defensa de sus tierras y su cultura,
incluso han liderado movimientos de resistencia, también son las que generan
procesos de vigilancia social en materia de educación, salud y recursos naturales. (Ley de igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres - Ley N° 28983 y el Plan Nacional de
Igualdad de Género).
En
conclusión, la mujer indígena realiza
diversos roles dentro de la comunidad, como el rol reproductivo, rol en la
conservación, el rol sanador y el rol en
la trasmisión de la cultura, por lo que su participación es de suma relevancia
para lograr un desarrollo integral.
-
Fortalecer la representatividad y participación política de
las mujeres indígenas en los espacios de toma de decisión comunal, local,
regional y nacional.
-
Fortalecer la institucionalidad de la mujer indígena en las
organizaciones y comunidades.
-
Definir al interior de las organizaciones indígenas
políticas claras de participación equitativa
y cualitativa de las mujeres.
-
Equidad en el ejercicio de los cargos públicos del varón y
la mujer.
-
Promover el desarrollo de sus capacidades, en todos los
espacios.
-
Rechazar cualquier forma de violencia contra la mujer y
exigir sanción a los responsables.
-
Promover la preparación de nuevas generaciones de líderes y
lideresas que fortalezcan a la organización indígena.
-
Promover dinámicas para el flujo de información veraz y de
calidad que permita la toma de decisiones informadas.
|
“Shuk yuyaylla, shuk shunkulla, shuk shimilla, shuk
makilla, kasna kawsana”
AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE LOS DISTRITOS TORRES
CAUSANA Y NAPO
Elaborado por:
Junta Directiva de la Federación de la Federación
de Comunidades Nativas del Medio Napo, Curaray y Arabela - FECONAMNCUA (2015-2017)
·
Richard Rubio Condo (Presidente)
·
Betty Rubio Padilla (Vice presidenta)
·
Edmundo Panduro Coquinche (Secretario)
·
Consuelo Pérez Siquihua (Tesorera)
·
Samuel Vigay Vigay (Fiscal)
·
Neil Jipa Siquihua (Vocal)
Junta Directiva de la Organización Kichwaruna
Wankurina del Alto Napo – ORKIWAN (2014 – 2015)
·
Querven Noteno Oraco (Presidente)
·
Edwin Justo
Noteno Oraco (Vicepresidente)
·
Julio Damián
Canelos Siquihua (Secretario de Actas y Archivo)
·
Mery Papa Licuy (Lideresa Mujer Indígena)
·
Hermógeno
Estrella Panduro (Tesorero)
·
Oswaldo Noteno
Coquinche (Consejero)
Con el apoyo de:
Parroquia Nuestra Señora de la Asunción – Santa Clotilde - Río Napo
Vicariato Apostólico San José del Amazonas
Comisión Episcopal de Acción social - CEAS
Enero del 2015
Lima - Perú